Titulares de los órganos superiores y directivos
La FECAI no tiene personal de libre nombramiento. La Presidencia de la FECAI será ostentada por semestres naturales, por quienes presidan los Cabildos en el orden previsto en el art. 4 de Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias (El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, Lanzarote, La Palma y Tenerife), los cuales, igualmente, tendrán cada uno un mandato de igual duración.