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PRESIDENCIA

Nombre

PRESIDENCIA

Tipo

Unipersonal

a) Representar legalmente a la asociación ante toda clase de Organismos, Autoridades y Entes Públicos o Privados.

b) Convocar y presidir las sesiones de la Asamblea General.

c) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.

d) Dirigir el funcionamiento de la FECAI y de sus órganos.

e) Reconocer y liquidar las obligaciones, así como ordenar pagos, así como ejercer las competencias en materia de contratación, dentro de los límites que la Asamblea acuerde.

f) Delegar en la Vicepresidencia sus facultades.

g) Adoptar las decisiones que en caso de urgencia sean necesarias, dando cuenta de ellas a la Asamblea en la primera sesión que se celebre.


La Presidencia de la FECAI será ostentada por semestres naturales, por quienes ostentes las Presidencias de los Cabildos en el orden previsto en el art. 4 de Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias (El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, Lanzarote, La Palma y Tenerife), los cuales, igualmente, tendrán cada uno un mandato de igual duración.

Para el mandato representativo en el período 2023 - 2027:


Julio a Diciembre de 2023: Excmo. Cabildo Insular de La Gomera

Enero a Junio de 2024: Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote

Julio a Diciembre de 2024: Excmo. Cabildo Insular de La Palma

Enero a Junio de 2025: Excmo. Cabildo Insular de Tenerife

Julio a Diciembre de 2025: Excmo. Cabildo Insular de El Hierro

Enero a Junio de 2026: Excmo. Cabildo Insular de Fuerteventura

Julio a Diciembre de 2026: Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria

Enero a Junio de 2027: Excmo. Cabildo Insular de la Gomera

Responsable:Federación Canaria de Islas FECAI
Actualizado:20/04/2026
Datos desde:02/03/2026
Tipo:Órganos de gobierno
Categoría:Organizativa
Subcategoría:Estructura Orgánica
Referencia normativa:

Art. 18 Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.